Desde el Colegio de Agentes Comerciales de Alicante, queremos acompañarte en un nuevo cambio normativo y de funcionamiento de las facturas emitidas, poniendo a tu alcance diferentes medios o soluciones (gratuitos y no gratuitos) para que puedas tomar la decisión más adecuada conforme a tus necesidades personales y profesionales, por lo que realizaremos un webinar (tendrás la grabación del webinar a tu disposición) explicando con detenimiento todas las dudas que puedas tener.
Desde hace varios años, por parte de la administración, se venía ofreciendo una subvención económica orientada a las necesidades de las pequeñas empresas, medianas empresas, microempresas y trabajadores autónomos con el objetivo de favorecer y potenciar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado, y así conseguir un avance significativo en la digitalización de las empresas y profesionales de nuestro tejido empresarial. Esta subvención se conoce como “kit digital”.
Esta subvención se ha ampliado de una forma significativa, ya que desde la última modificación de las bases reguladoras del Kit digital, además de obtener una multitud de soluciones digitales, como marketing digital, diseño de páginas web, ciberseguridad, CRM…., se puede acceder a la compra de un ordenador mediante esta subvención, circunstancia que anteriormente no era posible.
¿LA SOLUCIÓN PARA LA FACTURA DIGITAL OBLIGATORIA EN JULIO DE 2025?
El pasado diciembre de 2023, se publicó el Real Decreto 1007/2023, por el que se aprueba el Reglamento conocido coloquialmente como “Reglamento Verifactu”, en alusión a la modalidad, más sencilla y eficiente, que se prevé para cumplir con la norma, mediante el envío de los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su producción.
Todas las empresas y autónomos obligados, deberán adaptarse a la norma con plazo hasta el 1 de julio de 2025. Para ello está previsto que pymes y autónomos puedan utilizar el kit digital para las modificaciones en los programas informáticos que sean necesarias para adaptarse a la nueva reglamentación.
Como funcionará la nueva facturación electrónica:
A continuación, os detallamos las claves para obtener el Kit digital:
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El importe del bono del kit digital será de 3.000 € como máximo, para pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados y autónomos.
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El Kit digital, solamente se podrá solicitar en empresas que sean “agentes digitalizadores” es decir, no se podrá utilizar la subvención en cualquier empresa. Necesariamente deberá estar adherida al programa kit digital como agente digitalizador
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El IVA, se deberá abonar. Si utilizamos el kit digital por una cantidad de 2000€, deberemos declararlo en nuestro modelo 303 de IVA, abonando el 21%, que podrá ser deducido con todos aquellos gastos que se obtengan en la actividad.
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En el caso de querer obtener un ordenador, no se trata de una compra, sino de un leasing de 12 meses, del que se deberá de hacer un pago del 15% del importe del valor firmado del ordenador, pasados esos 12 meses.
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Deberá declararse en renta, teniendo un efecto “invisible” ya que el ingreso por subvención, se verá disminuido por el gasto de la inversión.
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Su solicitud es muy sencilla, tanto que los mismos agentes digitalizadores se suelen hacer cargo de la misma.